El Juez Castro ha rechazado el recurso presentado por la defensa de la Infanta Cristina contra el auto de apertura de Juicio Oral. ¿Estamos más cerca de que se haga Justicia?
El juez José Castro no ha admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la infanta Cristina contra el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos que dictó el pasado 22 de diciembre, en el que abrió proceso contra la hermana del rey por dos presuntos delitos fiscales.
El juez José Castro no ha admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la infanta Cristina contra el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos que dictó el pasado 22 de diciembre, en el que abrió proceso contra la hermana del rey por dos presuntos delitos fiscales.

Castro ha reiterado que el auto es irrecurrible. La defensa de la infanta se opuso a "determinados pronunciamientos" del auto de apertura de juicio oral de Castro porque considera que incurre en "excesos", no se ciñe a lo estrictamente propio de este tipo de auto e incluye "una materia que debe ser objeto de una resolución previa: la de la legitimación procesal para solicitar la apertura de juicio oral". Castro ha negado dichos "excesos" y ha señalado que la falta de legitimidad de la acusación popular que alegó la defensa de la infanta para pedir que no se abriera juicio contra ella "se convirtió en un argumento tan indiscutiblemente asociado a la apertura de juicio oral" que el juez "estaba obligado a abordarlo". "Se desconoce de qué exceso resolutivo, inoportuno y caprichoso estaríamos hablando", afirma Castro en su auto. El instructor del caso Nóos niega haberse pronunciado: "en el auto de 22 de diciembre de 2014 no existe absolutamente ningún pronunciamiento sobre legitimación", sino "una argumentación". El juez califica de "chocante" que "ese alegado desbordamiento", que él niega, lo esgrima con "mayor vehemencia" quien lo habría propiciado al solicitar el sobreseimiento de las actuaciones contra la infanta cuando todavía no se conocían ni siquiera los escritos de acusación y por tanto si era o no acusada por alguna parte. Castro no admite el recurso sin entrar en la cuestión de la legitimidad de Manos Limpias para pedir la apertura de juicio oral. Señala que si entrara en ella estaría "tornando en recurrible" el auto de apertura y si no lo hace incurriría "en incongruencia omisiva" por lo que "se tomara la dirección que se tomara no habría burladero en el que hallar cobijo".
Solo cabe "el recurso de queja"
El juez precisa que contra sus decisiones de rechazar los recursos de la infanta y Ana María Tejeiro "sólo cabe recurso de queja" a interponer ante la Audiencia de Palma.
El recurso de la defensa de Torres y Tejeiro, Castro lo rechaza porque estima que el auto de apertura de juicio oral no ha incurrido en "ningún supuesto de nulidad generador de indefensión", y añade que dicho debate puede producirse "en los albores del plenario" y ser resuelto por la Audiencia de Palma.
El magistrado remite así a la defensa de Torres y Tejeiro a las cuestiones previas del futuro juicio oral.
Además, el juez da por interpuesto en tiempo y forma el recurso de los socialistas del Ayuntamiento de Valencia contra el archivo de las actuaciones contra Grau porque "los pronunciamientos denegatorios y subsiguientemente sobreseedores sí que serían recurribles".
Da además por impugnado por la defensa de José Manuel Aguilar el recurso de reforma interpuesto por la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau y anuncia que lo resolverá.
Para saber más: http://es.blastingnews.com/opinion/2015/01/mas-cerca-de-hacer-prevalecer-la-justicia-00227129.html
FUENTE: 20minutos.es
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comente libremente, pero con respeto y educación. Todos los comentarios son revisados antes de su publicación, por lo que no aparecen inmediatamente. Su dirección de correo no será publicada.